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CONTRERAS, ELIZABETH ANAHI c/ LOS COLORES MAGICOS S.A. Y OTROS s/DESPIDO

La actora promovió demanda por despido indirecto y solicitó el pago de indemnizaciones. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Laboral modificó parcialmente la sentencia y aumentó el monto de la condena al incorporar la sanción prevista en la Ley Nacional de Empleo.

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Despido indirecto e indemnizaciones

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó parcialmente el fallo de primera instancia y elevó el monto de condena al incorporar la sanción de la Ley Nacional de Empleo. La Cámara consideró que se encontraba acreditada la relación laboral entre la actora y la demandada, a partir del testimonio de los testigos que confirmaron que Contreras realizaba tareas de "playera" en la estación de servicio de la empresa. Además, la propia demandada reconoció el intercambio de cartas documento con la actora. Por otro lado, la Cámara entendió que correspondía aplicar la sanción del art. 8 de la Ley Nacional de Empleo, ya que la actora había acreditado el envío de la comunicación a la AFIP en los términos del art. 11 de dicha ley. En consecuencia, se modificó el fallo de primera instancia y se elevó el monto total de condena a $364.003,69. En cuanto a los honorarios profesionales, la Cámara confirmó los regulados en la instancia anterior.

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