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BASCIETTO, VERONICA ALEJANDRA c/ INSTITUTO DUPUYTREN TRAUMATOLOGIA Y ORTOPEDIA S.A. s/DESPIDO

La actora apeló sentencia de primera instancia sobre despido y salarios adeudados. La Cámara confirmó parcialmente la decisión de primera instancia, modificando los montos de condena y los honorarios.

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Despido indirecto y cobro de salarios adeudados

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó el despido indirecto como ajustado a derecho, y elevó el monto de condena por los salarios adeudados de febrero a junio de 2021. Modificó los honorarios de las partes y peritos. Fundamentos principales:
- La Cámara consideró que el despido indirecto fue justificado dado que la empleadora omitió dar tareas a la trabajadora pese al alta médica otorgada por su médico tratante.
- Destacó que en caso de discrepancia entre criterios médicos, debe prevalecer el del médico del trabajador al ser quien lo viene atendiendo.
- Consideró que la empleadora incumplió su deber de diligencia al no arbitrar una solución como convocar a una junta médica.
- Receptó el reclamo de los salarios adeudados de febrero a junio de 2021, dado que la trabajadora contaba con el alta médica e intimó a la empleadora a otorgarle tareas y pagarle los salarios.
- Modificó los honorarios de las partes y peritos, aplicando pautas de la Ley 27.423.

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