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BARONI, NICOLAS c/ FINADIET S.A.C.I.F.I. s/DESPIDO

El actor promovió demanda por despido injustificado. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Laboral modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, confirmando el despido sin causa pero adecuando el modo de devengamiento de los intereses de condena.

Intereses Prueba insuficiente Capitalizacion Cer Despido injustificado Comunicacion de despido

Despido injustificado

¿Qué se resolvió?

Se confirmó que el despido fue injustificado, pero se modificó la modalidad de cálculo de intereses sobre el monto de condena. La Cámara consideró que la comunicación del despido carecía de la expresión suficientemente clara de los motivos de despido conforme lo previsto en el art. 243 LCT. Tampoco se acreditaron pruebas que justificasen las causales alegadas por la empleadora. Por lo tanto, se confirmó el carácter injustificado del despido. En cuanto a los intereses, la Cámara resolvió aplicar la tasa CER (Coeficiente de Estabilización de Referencia) más una tasa pura del 6% anual, desde la fecha de exigibilidad de cada crédito hasta el efectivo pago. Asimismo, la única capitalización prevista sería a la fecha de notificación de la demanda, sobre la tasa pura del 6% anual.

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