CANELO, JOSE MARTIN Y OTRO c/ ESTADO NACIONAL MINISTERIO DE PRODUCCION Y TRABAJO YACIMIENTO CARBONIFERO RIO TURBIO Y DE LOS SERVICIOS FERROPORTUARIOS CON TERMINALES EN PUNTA LOYOLA Y RIO GALLEGOS DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ s/DESPIDO
Los actores promovieron demanda por despido injustificado contra Yacimientos Carboníferos Río Turbio. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia y ordenó el pago de indemnizaciones por despido incausado.
Impugnación del despido y pago de indemnizaciones por despido incausado
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó la sentencia de primera instancia que había rechazado las pretensiones de los actores. Consideró que el despido fue ilegítimo debido a que la empleadora incumplió con el deber de otorgar el derecho de defensa a los trabajadores mediante la sustanciación de un sumario previo al despido. En consecuencia, ordenó el pago de las indemnizaciones correspondientes por despido incausado, con más intereses.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La normativa aplicable (CCT 3/75 "E", Ley 25.164 y Decreto 1421/02) exige la instrucción de un sumario administrativo previo al despido, a fin de permitir el ejercicio del derecho de defensa de los trabajadores.
- La resolución y la carta de despido emitidas por la empleadora carecen de la precisión y claridad necesaria sobre los incumplimientos que se endilgaban a los trabajadores, impidiendo que éstos pudieran ejercer adecuadamente su derecho de defensa.
- La inclusión de alusiones genéricas como "inasistencias" en la comunicación del despido no cumple con el deber de motivación y notificación que exige la normativa aplicable.
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