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DIAZ NESTOR ROLANDO Y OTRO c/ TAMES CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS S.A. Y OTROS s/DESPIDO

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo declara mal concedido el recurso de apelación por la demandada debido al monto involucrado.

Costas Recurso de apelacion Honorarios Solidaridad Despido Contratacion


¿Quién es el actor?

Díaz, Néstor Rolando y otro

¿A quién se demanda?

Tames Construcciones y Servicios S.A. y otros

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobro de indemnizaciones por despido y otros créditos laborales

¿Qué se resolvió?

La Cámara declara mal concedido el recurso de apelación interpuesto por la demandada DEABA S.A. debido a que el monto reclamado no supera el límite legal de apelabilidad. Los jueces consideran que ni los agravios de la demandada ni los argumentos para revocar lo resuelto podrían ser revisados sin entrar en cuestiones de hecho, lo cual está vedado por la normativa. Fundamentos principales:
- El artículo 106 de la ley 18.345 establece que las sentencias y resoluciones serán inapelables cuando el valor cuestionado en alzada no supere las 300 veces el derecho fijo previsto en la Ley 23.187. En este caso, el monto total reclamado ascendía a $65.400, muy por debajo del límite vigente de $780.000.
- Los intereses no deben computarse para determinar la apelabilidad, ya que constituyen accesorios del crédito.
- La revisión de los aspectos fácticos y probatorios de la sentencia también se encuentra vedada por el artículo 108 inc. "ch" de la ley, por tratarse de una causa inapelable.

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