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DETTORI, MARIA ADELA c/ GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES s/JUICIO SUMARISIMO

La actora promovió demanda por nulidad de cesantía. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Tributario revocó la sentencia de primera instancia que había declarado la nulidad de la cesantía y convalidó la resolución que dispuso el cese de la trabajadora.

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¿Quién es el actor?

María Adela Dettori y otro

¿A quién se demanda?

Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Nulidad de cesantía

¿Qué se resolvió?

Se revoca la sentencia de primera instancia que había declarado la nulidad de la cesantía. Se convalida la resolución que dispuso el cese de la trabajadora. Fundamentos principales:
- La "Asociación de Profesionales Área Técnico Sanitaria del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires" (A.P.A.T.S.) no cuenta con inscripción gremial, por lo que la actora, en su calidad de supuesta consejera suplente de dicha asociación, no goza de la garantía de estabilidad sindical prevista en los arts. 48 y 52 de la Ley de Asociaciones Sindicales.
- Conforme a la jurisprudencia de la CSJN, solo a partir de la inscripción de la asociación sindical se tornan operativos los derechos inherentes a este tipo de sujetos de derecho. Por lo tanto, no puede extenderse la garantía de estabilidad a representantes de una entidad sin inscripción gremial.
- Tampoco se acreditó que la supuesta práctica antisindical de la demandada genere una garantía de estabilidad para la actora.

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