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MEDINA, HECTOR EMANUEL c/ ALTO CALABRIA S.R.L. s/DESPIDO

El actor promovió demanda por despido. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda, con adecuación de los créditos mediante aplicación de la tasa CER y tasa pura.

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Despido

¿Qué se resolvió?

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, Sala II, confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda. Fundamentos principales:
- Respecto a la metodología para preservar el poder adquisitivo de los créditos, se aplicará la tasa CER reglamentada por el BCRA más una tasa pura del 6% anual, desde la fecha de exigibilidad hasta el efectivo pago, con capitalización según el art. 770 inc. b) del CCyC.
- El argumento de la demandada sobre la supuesta violación a la prohibición de indexar es inatendible, ya que la Cámara Nacional de Apelaciones en pleno sugirió la aplicación de una tasa en uso de las facultades de los arts. 768 y 769 del CCyC y no de un índice de actualización.
- Los honorarios de la representación letrada de la parte actora se confirman como adecuados.
- Las costas de alzada se imponen a la recurrente vencida.

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