Logo

PORCEL, MATIAS OMAR c/ PROVINCIA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

El actor reclamó indemnización por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, ajustando el cálculo de los intereses.

Intereses Costas Indemnizacion Honorarios Actualizacion monetaria Accidente de trabajo Cer Ripte

Indemnización por accidente de trabajo

¿Qué se resolvió?

La Cámara Nacional de Apelaciones modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, ajustando el cálculo de los intereses a aplicar sobre el monto de condena. La Cámara estableció que los créditos diferidos a condena se adecuarán mediante el CER desde que cada suma es debida y hasta la fecha de la liquidación, a lo que se le adicionará una tasa anual del 6% desde la fecha del crédito y hasta la notificación de la demanda, capitalizándose ese resultado. Luego, al monto resultante se le aplicará una tasa del 6% anual desde la notificación de la demanda hasta la liquidación. Sin embargo, en atención a un criterio previo de la Sala, se dispuso también la aplicación del artículo 771 del Código Civil y Comercial, para el supuesto en que la aplicación de los intereses antes mencionada arroje un resultado desproporcionado. En tal caso, se estableció como parámetro de referencia objetivo la actualización del valor histórico del capital de la condena mediante el índice RIPTE más una tasa de interés anual del 7%. La Cámara mantuvo la imposición de costas a cargo de la demandada y reguló los honorarios profesionales, disminuyéndolos en atención a las actuales circunstancias económicas.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar