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JALLEY, MARIA DEL CARMEN c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

La actora reclamó por accidente in itinere. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia y estableció pautas para determinar la prestación indemnizatoria.

Intereses Incapacidad laboral Accidente de trabajo Ripte Decreto 669 19 Actualizacion de salarios

Accidente in itinere

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó parcialmente la sentencia de primera instancia. Determinó que el Ingreso Base Mensual (IBM) debe actualizarse por el índice RIPTE desde la fecha del accidente hasta el momento del pago. Además, estableció una tasa de interés del 6% anual por mora. Ratificó el porcentaje de incapacidad (25,40%) determinado en primera instancia. Fundamentos relevantes:
- El Decreto 669/19 estableció que el IBM debe actualizarse por el índice RIPTE, no por la mera sumatoria de variaciones mensuales. Esto refleja mejor la evolución salarial.
- Los intereses compensatorios por actualización del IBM son diferentes a los moratorios por mora en el pago. Corresponde aplicar una tasa pura del 6% anual por el período de mora.

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