CERVANTES CRISTIAN OMAR c/ COMPLEMENTOS EMPRESARIOS S.A. Y OTROS s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
El actor promovió demanda por accidente de trabajo y obtuvo el reconocimiento de un porcentaje de incapacidad psicofísica del 28% con condena al pago de la correspondiente indemnización.
Prestaciones dinerarias por accidente de trabajo
¿Qué se resolvió?
Se modifica la sentencia de primera instancia, reconociendo al actor una incapacidad psicofísica del 28% en lugar del 14% determinado en grado. Se condena a la ART a abonar la indemnización correspondiente, actualizándola por RIPTE desde la fecha del accidente.
- Fundamentos relevantes:
- Se aplica la teoría de la indiferencia de la concausa, reconociendo la totalidad de la incapacidad física informada por el perito (8%).
- Se mantiene la incapacidad psíquica del 20% determinada por el experto, pues la reducción del juez de grado carece de sustento.
- Se dispone la aplicación del mecanismo de actualización previsto en el Decreto 669/19, que establece la actualización por el índice RIPTE.
- Los intereses se calcularán a una tasa del 6% anual desde la fecha del accidente.
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