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IEZZONI, MARIELA c/ PREVENCION ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

La actora promovió demanda por accidente de trayecto que le provocó incapacidad física y psíquica. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia y reconoció un porcentaje de incapacidad psíquica además de la física.

Incapacidad fisica Incapacidad psiquica Accidente de trayecto Reaccion vivencial anormal neurotica Actualizacion por ripte Interes puro


¿Quién es el actor?

Mariela Iezzoni

¿A quién se demanda?

Prevención ART SA
- Objeto de la demanda: Reclamo por accidente de trayecto que le provocó incapacidad física y psíquica
- Decisión del tribunal: Se modifica la sentencia y se reconoce un porcentaje de incapacidad psíquica del 15% además de la incapacidad física del 12%, determinando una incapacidad psicofísica total del 27,75%.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El reclamo por daño psíquico debe considerarse planteado en la instancia administrativa a pesar de no haber sido incluido en el formulario inicial, dado que fue denunciado en el recurso de apelación y la ART pudo ejercer su defensa.
- El informe pericial médico acreditó la existencia de una reacción vivencial anormal neurótica grado II-III que generó una incapacidad psíquica del 15%.
- Corresponde realizar el cálculo de la prestación dineraria conforme el régimen del decreto 669/19, aplicando actualización por RIPTE e interés puro del 6% anual desde la fecha del accidente.

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