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OYARZUN, MARIA ANDREA c/ BRIGHTSTAR FUEGUINA S.A. Y OTRO s/ACCIDENTE - ACCION CIVIL

La actora promovió demanda por daños y perjuicios derivados de secuelas incapacitantes por tareas laborales. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia y aumentó los montos indemnizatorios por incapacidad y daño moral.

Accidente laboral Incapacidad Responsabilidad civil Art Deberes de prevencion Reparacion integral Dano material Dano moral Intereses


- Actor: María Andrea Oyarzun
- Demandados: Brightstar Fueguina S.A. y Galeno ART S.A.
- Objeto: Reparación por enfermedad/accidente laboral
- Decisión: Se modificó la sentencia de primera instancia y se elevó el monto indemnizatorio a $6.792.000, más intereses, por incapacidad del 50% y daño moral. Se responsabilizó solidariamente a la ART por omisión de deberes de prevención y seguridad. Los fundamentos relevantes fueron:
- El peritaje médico acreditó las limitaciones funcionales y RVAN con elementos depresivos de la actora, con adecuada relación causal con las tareas laborales.
- No correspondía aplicar obligatoriamente el baremo del Decreto 659/96, siendo el 50% de incapacidad razonable para el caso.
- La ART incumplió deberes de prevención y seguridad, omisión que tuvo adecuada relación causal con el daño sufrido.
- El monto indemnizatorio se fijó aplicando la fórmula de la Sala III con consideraciones de la CSJN, a fin de reparar integralmente el daño material y moral.
- Los intereses se calcularon conforme al Acta CNAT 2764/2022 para reflejar la realidad económica.

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