JIMENEZ, JORGE MARCELO c/ GALENO ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
El actor promovió demanda por accidente laboral y la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia, reduciendo el porcentaje de incapacidad y el monto indemnizatorio.
Accidente laboral sufrido mientras se dirigía a atender una emergencia en la estación de tren, que le provocó lesiones en la rodilla derecha.
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia, reduciendo el porcentaje de incapacidad del 35,56% al 25,4% por considerar que la condromalacia de fémur no está contemplada en el baremo obligatorio. En consecuencia, disminuyó el monto indemnizatorio a $287.462,66.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
1) El baremo del decreto 659/96 es de uso obligatorio y no reconoce incapacidad por condromalacia de fémur, por lo que no corresponde su reparación. 2) La adopción de un método estandarizado de evaluación de incapacidades no viola garantías constitucionales, siempre que esté confeccionado bajo criterios científicos razonables. 3) Se deben aplicar los intereses desde la fecha del accidente, conforme al art. 2 de la ley 26.773, rechazando el criterio menos protectorio de la demandada. 4) Se confirma la aplicación de la tasa de interés establecida en el Acta CNAT N°2764, por ajustarse a derecho.
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