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QUIÑONEZ, PABLO ALBERTO c/ TISUBEL S.A. Y OTRO s/DESPIDO

El actor reclamó por despido indirecto ante la falta de registro de la relación laboral. La Cámara Nacional de Apelaciones confirmó el rechazo de la demanda, considerando que el actor trabajaba para un contratista y no para la empresa principal.

Responsabilidad solidaria Extemporaneidad Falta de registro Contratista Despido indirecto Actividades no habituales

Despido indirecto por falta de registro de la relación laboral

¿Qué se resolvió?

Se rechaza la demanda. La sentencia de primera instancia había rechazado el reclamo, considerando que el actor trabajaba para un contratista (Vicente Peca) que prestaba servicios a la empresa Tisubel S.A., y no era empleado directo de esta última. La Cámara confirmó este criterio, señalando que:
- La prueba testimonial acreditó que las órdenes y los pagos al actor los realizaba el contratista Vicente Peca, y no Tisubel S.A.
- El propio actor declaró en otras causas que consideraba a Peca como su empleador.
- Las tareas de herrería que realizaba el actor no eran actividades normales y habituales de la empresa textil Tisubel S.A., por lo que no correspondía aplicar la responsabilidad solidaria del art. 30 LCT.
- El despido indirecto fue extemporáneo, ya que el actor intimó la registración en 2015 y recién se consideró despedido en 2017.

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