MALDONADO, HUGO GUILLERMO c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
El actor promovió demanda por accidente in itinere. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia y adecuó el cálculo indemnizatorio conforme al régimen especial previsto en la ley 27348.
Indemnización por accidente in itinere sufrido el 24/7/2021
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia, adecuando el cálculo indemnizatorio conforme a la ley 27348 y el Dec. 669/19. Estableció que el Ingreso Base Mensual debe actualizarse por el índice RIPTE desde la fecha del accidente hasta el momento de la liquidación. Además, dispuso aplicar un interés moratorio del 6% anual hasta el efectivo pago.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- Respecto a la incapacidad física, se confirma la establecida en primera instancia.
- En relación a la aplicación del Dec. 669/19, la Cámara considera que la norma establece un sistema de actualización del Ingreso Base Mensual por el índice RIPTE, y no una reducción de la indemnización. Descarta la aplicación de la mera sumatoria de variaciones porcentuales mensuales del RIPTE.
- Agrega un interés moratorio del 6% anual sobre el monto total de la liquidación, complementario a la actualización por RIPTE.
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