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ACOSTA, CARLA MARIELA Y OTRO c/ BUENOS AÑOS S.R.L. Y OTROS s/DESPIDO

Se confirma la existencia de un vínculo laboral entre las actoras y la empresa demandada, pero se modifica la distribución de costas al rechazar la acción contra una de las codemandadas.

Distribucion de costas Relacion laboral Despido Vinculo de dependencia Presuncion art 23 lct


¿Quién es el actor?

Carla Mariela Acosta y Cintia Gabriela Acosta

¿A quién se demanda?

Buenos Años S.R.L. y otros

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Despido

¿Qué se resolvió?

Se confirma la existencia de un vínculo laboral entre las actoras y la empresa Buenos Años S.R.L., aplicando la presunción del art. 23 LCT. Se modifica la distribución de costas al rechazar la acción contra la codemandada María Cristina Parma, imponiéndolas a la parte actora. Fundamentos principales:
- La codemandada Parma admitió la existencia de la relación laboral entre las actoras y la empresa Buenos Años S.R.L.
- Las declaraciones testimoniales de Motta y Toranzo acreditaron la prestación de servicios de las actoras bajo las órdenes de la empresa y los codemandados.
- Corresponde aplicar la presunción del art. 23 LCT, correspondiendo a la empresa acreditar que los servicios no tenían carácter laboral, lo cual no ocurrió.
- No existen razones para sostener la demanda contra la codemandada Parma, por lo que corresponde imponerle las costas a la parte actora.

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