ACOSTA, CARLA MARIELA Y OTRO c/ BUENOS AÑOS S.R.L. Y OTROS s/DESPIDO
Se confirma la existencia de un vínculo laboral entre las actoras y la empresa demandada, pero se modifica la distribución de costas al rechazar la acción contra una de las codemandadas.
¿Quién es el actor?
Carla Mariela Acosta y Cintia Gabriela Acosta
¿A quién se demanda?
Buenos Años S.R.L. y otros
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Despido
¿Qué se resolvió?
Se confirma la existencia de un vínculo laboral entre las actoras y la empresa Buenos Años S.R.L., aplicando la presunción del art. 23 LCT. Se modifica la distribución de costas al rechazar la acción contra la codemandada María Cristina Parma, imponiéndolas a la parte actora.
Fundamentos principales:
- La codemandada Parma admitió la existencia de la relación laboral entre las actoras y la empresa Buenos Años S.R.L.
- Las declaraciones testimoniales de Motta y Toranzo acreditaron la prestación de servicios de las actoras bajo las órdenes de la empresa y los codemandados.
- Corresponde aplicar la presunción del art. 23 LCT, correspondiendo a la empresa acreditar que los servicios no tenían carácter laboral, lo cual no ocurrió.
- No existen razones para sostener la demanda contra la codemandada Parma, por lo que corresponde imponerle las costas a la parte actora.
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