LEDESMA SALINAS, PRISCILA ANGELICA c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
Trabajadora apeló decisión que desestimó su reclamo por ausencia de incapacidad laboral. La Cámara confirmó la sentencia al considerar que los agravios no rebatieron con crítica concreta el dictamen médico.
Trabajadora apeló contra el dictamen de la Comisión Médica Jurisdiccional que consideró que no tenía incapacidad derivada de un accidente de trabajo.
¿Qué se resolvió?
La Cámara desestimó el recurso de apelación al considerar que la trabajadora no logró rebatir de manera concreta y razonada los fundamentos del dictamen médico que descartó la existencia de una minusvalía laboral. Destacó que los jueces no tienen obligación de expedirse sobre todos los argumentos de las partes, sino solo sobre los conducentes para la decisión del caso.
Fundamentos relevantes:
- "La expresión de agravios debe contener una crítica concreta y razonada de los fundamentos de hecho y de derecho dados en la resolución que se cuestiona con la puntal indicación de los errores atribuidos a la "a quo" y ello en lo concerniente -en lo que aquí se trata
- a la decidida ausencia de una minusvalía laborativa."
- "No obstante, la apelante no formula ningún planteo y/o cuestionamiento puntual y concreto respecto del precitado dictamen médico (arts. 116 de la L.O. y 477 y 386 del C.P.C.C.N.)."
- "Lo apuntado precedentemente no cabe interpretarlo como una exigencia puramente formal o ritual. Creo oportuno remarcar, con énfasis en este caso, que el contenido de los agravios con indicación del interés recursivo de la parte fija los límites de la jurisdicción de este Tribunal ya que se encuentra constreñido en su actividad revisora al conocimiento de las quejas que no fueron admitidas u omitidas en la instancia previa, pero a condición de que ellas sean claramente individualizadas y cuestionadas mediante una crítica concreta y razonada, lo cual no aconteció en la especie."
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