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TRAFICANTE, VICENTE c/ ADIFESE S.A. -ADMINISTRACION DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS SOCIEDAD DEL ESTADO- s/DESPIDO

El gerente de recursos humanos de una empresa estatal demandó por despido sin justa causa. La Cámara del Trabajo modificó la sentencia y aumentó los montos indemnizatorios al considerar que correspondía la duplicación prevista en la normativa de emergencia.

Empresa estatal Despido sin justa causa Duplicacion indemnizatoria Emergencia ocupacional

Despido sin justa causa

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la improcedencia del despido por justa causa, pero revocó la denegatoria de la duplicación indemnizatoria. Elevó el monto de condena a $2.801.019.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La conducta imputada al actor de contratar personal sin autorización no constituyó una injuria que justifique el despido, dado que el estatuto societario facultaba al actor a realizar esas contrataciones.
- Respecto a la aplicación de la duplicación indemnizatoria del decreto 34/19, la Cámara consideró que dicha norma era aplicable al sector público y su artículo 1 del decreto 156/20 que la excluía era inconstitucional.
- Se aplicó la actualización de los montos mediante la tasa CER más 6% anual.

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