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GARCIA, OSCAR ENRIQUE c/ EMPRESA DISTRIBUIDORA SUR S.A. s/DESPIDO

El actor promovió demanda por despido. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia de primera instancia en lo principal que decide sobre el fondo del asunto, pero revocó la exención de hacer entrega de las certificaciones previstas en el art. 80 LCT.

Responsabilidad solidaria Multas Despido Certificaciones laborales Art 29 lct

Despido

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar parcialmente al recurso de apelación. Se confirmó la aplicación del art. 29 LCT y la responsabilidad solidaria de EDESUR, así como los rubros indemnizatorios y multas. Se revocó la exención de entregar las certificaciones del art. 80 LCT.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- EDESUR utilizaba a través de empresas intermediarias (EMA SERVICIOS S.A., NELTEC S.R.L y PEBLE S.A.) el servicio del actor, configurando una situación de fraude laboral.
- Procedencia de la aplicación del art. 29 LCT y la responsabilidad solidaria de EDESUR.
- Procedencia de los rubros indemnizatorios y multas.
- Obligación de EDESUR de entregar las certificaciones del art. 80 LCT.

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