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ROMERO, HUGO RAMON c/ PROVINCIA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

El actor promovió demanda por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia y estableció una nueva tasa de interés que permite la adecuada recomposición del crédito laboral.

Intereses Accidente de trabajo Poder adquisitivo Cer Credito laboral Proteccion del trabajador Recomposicion del valor

Accidente de trabajo

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la tasa de interés dispuesta en primera instancia. Se fijó que los intereses deben calcularse desde la fecha del accidente (30/07/2016) y que la tasa aplicable será el Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER) sin acumulación de un interés compensatorio adicional. La Sala consideró que la aplicación del CER, en línea con lo dispuesto por el Decreto de Necesidad y Urgencia 70/2023, resulta razonable para mantener el poder adquisitivo del crédito laboral afectado por la alta inflación, sin generar un enriquecimiento desproporcionado del deudor. Se resaltó que los créditos laborales merecen una protección especial, tal como lo ha señalado reiteradamente la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

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