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GIROTTI, GUSTAVO ENRIQUE c/ CENTRO GALLEGO DE BUENOS AIRES MUTUALIDAD CULTURA ACCION SOCIAL s/DESPIDO

Trabajador reclama deuda salarial y despido. La Cámara confirma la sentencia que hizo lugar a la demanda.

Despido Facturacion Presuncion art 55 lct Deuda salarial Indemnizacion ley 25 323

Deuda salarial correspondiente a los meses de junio, julio y agosto de 2012, así como indemnizaciones por despido.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda del trabajador.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La demandada no logró rebatir los fundamentos de la sentencia de grado, pues el reclamo salarial se encontraba debidamente fundado en la demanda y el intercambio de telegramas.
- Respecto a la deuda salarial, si bien la demandada se quejó por la condena al pago de "diferencias salariales", en realidad se trataba de períodos adeudados, por lo que corresponde confirmar este rubro.
- También correspondía confirmar la condena al pago de las indemnizaciones por despido con sustento en el art. 2 de la Ley 25.323.
- El tribunal consideró acreditado el doble mecanismo de contratación (relación de dependencia y facturación), lo cual generaba la aplicación de la presunción del art. 55 de la LCT.

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