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CASTILLO, FLORENCIA AYLEN c/ ASOCIART ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

La actora reclamó indemnización por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones modificó la sentencia de primera instancia y ordenó recalcular los montos indemnizatorios aplicando criterios más favorables al trabajador.

Intereses Indemnizacion Actualizacion de montos Accidente de trabajo Riesgos del trabajo Ripte Decreto 669 2019

Indemnización por accidente de trabajo

¿Qué se resolvió?

La Cámara modifica la sentencia de primera instancia y ordena recalcular los montos indemnizatorios. Dispone que la actualización del Ingreso Base Mensual (IBM) debe realizarse conforme al índice RIPTE hasta el momento de la liquidación, y se deben adicionar intereses a la tasa del 6% anual desde la fecha del siniestro. Además, en caso de mora, deberán capitalizarse los accesorios calculados con un interés equivalente a la tasa activa del Banco Nación.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La aplicación del decreto 669/2019 es válida y debe utilizarse para actualizar el IBM y los montos indemnizatorios.
- Los intereses deben calcularse a una tasa pura del 6% anual desde la fecha del siniestro hasta el momento de la liquidación.
- En caso de mora, deberán capitalizarse los intereses según la tasa activa del Banco Nación.

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