LAURIENTE, GUILLERMO ENRIQUE c/ DDI S.A. Y OTROS s/DESPIDO
El actor promovió demanda por despido indirecto contra la empresa demandada. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, aumentando los montos indemnizatorios por aplicación del DNU 34/19 sobre emergencia ocupacional.
Cobro de diversos créditos laborales por despido indirecto.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó que entre las partes existió una relación laboral subordinada y no un contrato de corretaje como alegaba la empresa. Modificó la sentencia de primera instancia para aumentar los montos indemnizatorios, aplicando la duplicación prevista en el DNU 34/19 sobre emergencia ocupacional. Asimismo, modificó la fecha de ingreso del actor al 1/9/2006, en base a la prueba testimonial.
Fundamentos relevantes:
- La empresa no logró demostrar la validez del contrato de corretaje que alegaba, incumpliendo la carga de la prueba. Se acreditó una relación laboral subordinada.
- La duplicación indemnizatoria del DNU 34/19 es aplicable a los despidos indirectos.
- El testimonio de los testigos permite tener por acreditado el inicio de la relación laboral en 1/9/2006 y no la fecha determinada en primera instancia.
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