RODRIGUEZ AMURRIO, MARIEL GLADIS Y OTRO c/ ASOCIART ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
La actora cuestionó la valoración del informe pericial médico. La Cámara modificó el porcentaje de incapacidad y el monto de condena en favor de la trabajadora.
Accidente laboral
- Ley Especial
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia, elevando el porcentaje de incapacidad al 4,48% de la T.O. y el monto de condena a $1.089.518,38. La Cámara consideró que el perito médico aclaró que por error había consignado un 3% de incapacidad cuando debía ser 4%, monto que se ajusta al baremo. Además, aplicó los factores de ponderación por dificultad en tareas habituales (10%) y edad (1%), incrementando el porcentaje final. En cuanto a la tasa de interés, la Cámara aplicó el índice RIPTE, sin considerar la reglamentación de la Resolución 1039, siguiendo el criterio jurisprudencial mayoritario. Las costas y honorarios de primera instancia fueron ratificados, mientras que en segunda instancia se impusieron a la parte perdidosa y se regularon los honorarios en el 30% de lo actuado en la etapa anterior.
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