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SOTO, DANTE MATIAS CAYETANO c/ ASOCIART ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

Trabajador accidentado reclama contra ART. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modifica la sentencia y dispone que las costas de citación de terceros sean impuestas en el orden causado.

Costas Honorarios Accidente de trabajo Citacion de terceros Art Seguimiento de asegurados

Accidente de trabajo

¿Qué se resolvió?

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia en relación a la imposición de costas. Si bien la sentencia de primera instancia hizo lugar al reclamo del trabajador contra la aseguradora y le impuso las costas, la Cámara consideró que las costas derivadas de la citación de terceros (Municipalidad de Caleta Olivia) deben imponerse en el orden causado, sin perjuicio de las acciones de repetición que puedan corresponder entre la ART y la municipalidad. Confirmó la regulación de honorarios de primera instancia. Fundamentos principales:
- La ART otorgó prestaciones al trabajador a pesar de desconocer su incorporación a la nómina, por lo que obró diligentemente.
- Las aseguradoras de riesgos del trabajo tienen la obligación de hacer un seguimiento efectivo sobre sus asegurados, de acuerdo a la normativa vigente.
- Corresponde imponer las costas de citación de terceros en el orden causado, sin perjuicio de las acciones de repetición.
- Los honorarios de primera instancia se consideran adecuados.

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