LARRELUZ, MARCELO ALBERTO c/ UNIVERSIDAD ARGENTINA DE LA EMPRESA s/DESPIDO
El actor promovió demanda por diferencias indemnizatorias derivadas del despido sin causa. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó parcialmente la sentencia de primera instancia y ordenó imponer las costas en el orden causado.
Diferencias indemnizatorias por despido sin causa
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó el rechazo de las diferencias salariales reclamadas en base al Convenio Colectivo de Trabajo 88/90 y la exclusión de los bonos y gratificaciones de la base salarial indemnizatoria. Sin embargo, modificó el pronunciamiento y ordenó imponer las costas en el orden causado, considerando que el actor pudo razonablemente creerse asistido de mejor derecho.
Fundamentos relevantes:
- El actor fundó su reclamo en el CCT 88/90, el cual excluye expresamente a las universidades de su ámbito de aplicación. No puede suplirse la falta de invocación del convenio aplicable mediante intercambios telegráficos.
- Los bonos y gratificaciones abonados sin periodicidad mensual y en base a un sistema de evaluación de desempeño no deben computarse para determinar la base salarial indemnizatoria, conforme el Fallo Plenario N°322.
- Si bien el actor fue vencido, se considera que pudo razonablemente creerse asistido de mejor derecho, por lo que corresponde imponer las costas en el orden causado.
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