VILLASANTI ACOSTA, OSMAR ANDRES c/ MARZULLO & ASOCIADOS S.R.L. Y OTROS s/DESPIDO
El actor promovió demanda por despido y otros créditos laborales. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó parcialmente la sentencia y aumentó el monto indemnizatorio por el Fondo de Cese Laboral.
Cobro de diversos créditos laborales, incluyendo indemnizaciones por despido bajo el Estatuto de la Construcción.
¿Qué se resolvió?
- La Cámara confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia, salvo en lo relativo a la indemnización por Fondo de Cese Laboral de la Ley 22.250 (Estatuto de la Construcción), la cual fue acogida.
- Respecto a las multas previstas en los arts. 18 y 19 de la Ley 22.250, fueron rechazadas por no cumplir con los recaudos legales de intimación previa.
- El monto nominal de condena se fijó en $ 530.700.
- Se revocaron las costas y honorarios de primera instancia, imponiéndose las costas a los demandados y regulándose nuevos honorarios.
Fundamentos relevantes:
- La relación laboral se encuadraba en la Ley 22.250 (Estatuto de la Construcción), por lo que correspondía aplicar ese régimen y no el de la LCT.
- Por la sola extinción de la relación, el trabajador tiene derecho al Fondo de Cese Laboral previsto en la Ley 22.250, independientemente del motivo del cese.
- Para las multas de los arts. 18 y 19 de la Ley 22.250, se requiere una intimación previa que no fue acreditada.
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