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BETETA MANTILLA, OFELIA c/ PREVENCION ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

La enfermera contrajo COVID-19 en su trabajo, pero la Cámara del Trabajo confirmó que no acreditó incapacidad laboral permanente ni daño psicológico indemnizable.

Incapacidad Dano psicologico Prevencion art Covid 19 Enfermedad profesional Enfermera

Indemnización por accidente de trabajo (COVID-19)

¿Qué se resolvió?

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia de primera instancia que rechazó la demanda. Fundamentos principales:
- El perito médico concluyó que la actora sufrió COVID-19 considerada como enfermedad profesional, pero que no presentaba secuelas incapacitantes.
- Respecto al daño psicológico, la Cámara consideró que el mismo no puede ser superior al daño físico cuando este último no está acreditado.
- Los tribunales pueden apartarse de las conclusiones periciales cuando las mismas no se ajusten a las reglas de la sana crítica.

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