ALANIS, ARIEL ALEJANDRO c/ ART INTERACCION S.A. - GERENCIADOR DEL FONDO DE RESERVA REGULADO POR EL ART34 Y OTRO s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
El actor reclamó prestaciones dinerarias por incapacidad derivada de accidentes de trabajo. La Cámara modificó el cálculo de la prestación, aplicando el índice RIPTE y un interés del 6% anual.
Cobro de prestaciones dinerarias por incapacidad derivada de accidentes laborales
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó parcialmente la sentencia de primera instancia:
- Accidente 13/09/2017: Dispuso un nuevo cálculo de la prestación, aplicando 5,56% de incapacidad y actualizando el IBM por índice RIPTE más interés del 6% anual.
- Accidente 16/11/2015: Dispuso que el capital se ajuste por índice RIPTE más interés del 6% anual, con capitalización al momento de notificación de la demanda.
- Confirmó lo decidido sobre costas y honorarios.
Fundamentos relevantes:
- El tribunal debe requerir opinión de especialistas para determinar cuestiones ajenas a su conocimiento, y solo apartarse cuando existan constancias objetivas de que las conclusiones no se ajustan a principios lógicos o máximas de experiencia.
- El cálculo del IBM debe realizarse conforme el promedio salarial del año previo al accidente, actualizado por RIPTE hasta la liquidación, más un interés del 6% anual.
- Declara inconstitucional la prohibición de indexación de créditos, por afectar el derecho de propiedad de los acreedores.
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