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CONTRERAS, MARIA JOSE c/ PROVINCIA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

La trabajadora apeló el monto de los intereses del crédito. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia y aplicó el índice RIPTE con más el 6% anual sin capitalización.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

La trabajadora, María José Contreras, promovió demanda contra Provincia ART S.A. por un accidente de trabajo. En primera instancia, se hizo lugar a la demanda. Sin embargo, la trabajadora apeló los intereses fijados como accesorios del crédito. La Sala VI de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia. Señaló que la aplicación del acta 2783 para fijar los intereses había sido descalificada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Si bien el juez preopinante había propiciado soluciones nominalistas en casos similares, sus colegas consideraron razonable imponer como accesorio del crédito el índice RIPTE con más un interés del 6% anual sin capitalización. Por ello, la Cámara resolvió: 1) Modificar el fallo de primera instancia ordenando la aplicación del índice RIPTE con más un 6% anual sin capitalización como intereses accesorios; 2) Imponer las costas de alzada a la demandada; y 3) Fijar los honorarios de alzada en el 5% de lo regulado en la instancia previa.

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