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MEDINA, MARA ANDREA c/ LIDERAR SEGUROS S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

La actora reclamó por daños derivados de un accidente de trabajo. La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y ordenó el reajuste del crédito mediante la declaración de inconstitucionalidad de las normas que prohíben la actualización monetaria.

Intereses Incapacidad fisica Accidente de trabajo Incapacidad psiquica Inconstitucionalidad Reajuste monetario Fondo de reserva

¿Qué se resolvió en el fallo?


- La actora Mara Andrea Medina demandó a Liderar Seguros S.A. por daños derivados de un accidente de trabajo.
- La jueza de primera instancia hizo lugar parcialmente a la demanda.
- Ambas partes apelaron.
- La Cámara confirmó la decisión sobre la incapacidad física pero revocó la relacionada con la incapacidad psíquica por falta de prueba del nexo causal.
- Respecto a los intereses, la Cámara modificó la sentencia al considerar aplicable el Decreto 1022/2017 que excluye al Fondo de Reserva de responder por costas y honorarios.
- Asimismo, la Cámara declaró la inconstitucionalidad de las normas que prohíben la actualización monetaria, ordenando el reajuste del crédito mediante la aplicación del IPC más un interés puro del 3% anual.
- Los jueces disintieron sobre la modalidad de reajuste del crédito, fijando la mayoría el criterio de la declaración de inconstitucionalidad y el reajuste por IPC.

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