SINDICATO DE EMPLEADOS CAPATACES Y ENCARGADOS DE LA INDUSTRIA DEL CUERO c/ MIINISTERIO DE CAPITAL HUMANO- SECRETARIA DE TRABAJO (EX MINISTERIO DE TRABAJO) s/LEY DE ASOC.SINDICALES
El sindicato promovió demanda por denegatoria tácita de ampliación de zona de inscripción gremial. La Cámara rechazó la acción, entendiendo que no hay denegación tácita al encontrarse en trámite el pedido de la entidad.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El Sindicato de Empleados, Capataces y Encargados de la Industria del Cuero promovió una acción por denegatoria tácita del pedido de ampliación de la simple inscripción gremial para los partidos de Punta Indio y del Partido de General Pueyrredón. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo consideró que no existe una reticencia de la autoridad administrativa que pueda interpretarse como una denegación tácita, ya que se encuentran en trámite las diligencias solicitadas a la entidad sindical para cumplir con los requisitos del art. 21 de la Ley de Asociaciones Sindicales. Señaló que no corresponde a la jurisdicción asumir potestades de la autoridad administrativa, debiendo respetarse el procedimiento previsto en la normativa. Respecto al recurso previsto en el art. 62 inc. b) de la Ley 23.551, la Cámara entendió que el mismo debe ser interpretado de manera restrictiva, ciñéndose a las resoluciones definitivas de la autoridad administrativa, lo que no se configura en el caso. Por ello, rechazó la acción promovida, disponiendo que el Ministerio de Trabajo prosiga con la tramitación de las actuaciones y, de considerar cumplidos los recaudos del art. 21 LAS, inscriba a la entidad sindical.
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