DIAZ, FABIAN GUSTAVO c/ CHAVES, OSVALDO ARGENTINO (FALLECIDO) Y OTROS s/DESPIDO
El actor promovió demanda por despido contra el empleador y su representante legal. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia y extendió la responsabilidad solidaria al representante legal.
Despido
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y extendió la responsabilidad solidaria al representante legal (sucesión de Chaves), por el incumplimiento de aportes previsionales que generó la incorrecta categorización del trabajador. Sin embargo, rechazó el reclamo por el art. 132 bis de la LCT y el reclamo por temeridad y malicia. Confirmó la regulación de honorarios. Extractos relevantes: "Sin embargo, el informe de AFIP da cuenta de que, en efecto, no se ingresaron aportes retenidos. No debe soslayarse que el empleador debe conservar una conducta acorde a un buen hombre de negocios, y tal accionar ilícito lo hace responsable solidario por tratarse de un perjuicio extracontractual del cual el representante de la persona de existencia ideal no puede sustraerse -art. 144, CCyC-, a menos que se probara su oposición al accionar de la sociedad, lo que no se encuentra acreditado en autos." "En cuanto a la queja por el rechazo del reclamo deducido con sustento en el art. 275, LCT, considero que corresponde desestimar dicho agravio. Ello así, en tanto considero que la demandada no incurrió en la conducta tipificada en el art. 275 de la LCT, sino que con su actividad procesal ejerció válidamente su derecho de defensa."
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