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MARTINEZ, JUAN ALEJANDRO c/ JORGE L TOLOSA S.A. s/DESPIDO

El actor promovió demanda por despido. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia que reconoció la relación laboral y condenó a la empresa al pago de las indemnizaciones.

Intereses Presuncion Relacion laboral Indemnizaciones Despido indirecto Multa ley 25 323

Cobro de créditos laborales por despido indirecto

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar parcialmente a la demanda. Consideró acreditada la relación laboral entre el actor y la empresa demandada con base en la presunción del art. 23 LCT y la prueba testimonial. Por lo tanto, entendió justificado el despido indirecto y la condena al pago de las indemnizaciones correspondientes. También confirmó la multa del art. 2 ley 25.323 y los intereses aplicados. Fundamentos principales:
- La prueba testimonial acreditó la prestación de servicios personales del actor en el marco de la organización empresaria de la demandada, con subordinación técnica, jurídica y económica, configurándose la presunción del art. 23 LCT.
- Correspondía a la demandada desvirtuar dicha presunción, lo que no logró con los argumentos y prueba aportada.
- Los intereses se calcularon conforme a la jurisprudencia vigente al momento de la extinción del vínculo, siendo improcedente aplicar retroactivamente una nueva normativa.

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