MARTINEZ, JUAN ALEJANDRO c/ JORGE L TOLOSA S.A. s/DESPIDO
El actor promovió demanda por despido. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia que reconoció la relación laboral y condenó a la empresa al pago de las indemnizaciones.
Cobro de créditos laborales por despido indirecto
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar parcialmente a la demanda. Consideró acreditada la relación laboral entre el actor y la empresa demandada con base en la presunción del art. 23 LCT y la prueba testimonial. Por lo tanto, entendió justificado el despido indirecto y la condena al pago de las indemnizaciones correspondientes. También confirmó la multa del art. 2 ley 25.323 y los intereses aplicados.
Fundamentos principales:
- La prueba testimonial acreditó la prestación de servicios personales del actor en el marco de la organización empresaria de la demandada, con subordinación técnica, jurídica y económica, configurándose la presunción del art. 23 LCT.
- Correspondía a la demandada desvirtuar dicha presunción, lo que no logró con los argumentos y prueba aportada.
- Los intereses se calcularon conforme a la jurisprudencia vigente al momento de la extinción del vínculo, siendo improcedente aplicar retroactivamente una nueva normativa.
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