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SUAREZ, FERNANDO EMANUEL c/ ART INTERACCION S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

El Fondo de Reserva apeló la resolución que lo obliga al pago de los intereses y costas. La Cámara modificó parcialmente la decisión, eximiendo al Fondo del pago de las costas y gastos causídicos.

Intereses Costas Ley de riesgos del trabajo Fondo de reserva Decreto 1022 17 Fallo plenario borgia

Accidente de trabajo
- Ley especial

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la resolución en cuanto al pago de intereses, pero modificó eximiendo al Fondo de Reserva del pago de costas y gastos causídicos. Los fundamentos principales son:
- La responsabilidad del Fondo de Reserva se extiende a los intereses y costas, según el Fallo Plenario "Borgia".
- Sin embargo, el Decreto 1022/17 excluye al Fondo del pago de costas y gastos causídicos, lo que desplaza la aplicación de la doctrina plenaria en ese aspecto.
- No corresponde aplicar al caso el Decreto 669/19 sobre irrectroactividad, dado que rige la Ley 26.773 vigente al momento del siniestro.

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