BORDA, DALMA NAHIR c/ NEXT LATINOAMERICA S.A. s/DESPIDO
La actora promovió demanda por despido indirecto. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Laboral confirmó la sentencia que hizo lugar a la demanda, considerando justificado el despido indirecto.
Despido indirecto
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda. La Jueza consideró justificado el despido indirecto, ya que la demandada registró incorrectamente el contrato como de jornada reducida y pagó deficientemente la remuneración de la actora. La Cámara entendió que estas irregularidades constituyeron una injuria suficiente que impidió la continuidad del vínculo laboral. Respecto a la interpretación de la demandada sobre la aplicación de los arts. 92 ter y 198 LCT conforme el CCT 781/20, la Cámara sostuvo que la jornada de trabajo es un elemento esencial del contrato, y que el consentimiento de la trabajadora no puede interpretarse como renuncia de derechos. Tampoco se admiten presunciones en contra de los trabajadores, máxime en épocas de desempleo. Además, la demandada no logró desvirtuar el cuadro pericial que acreditaba diferencias salariales.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: