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FERREYRA, JAVIER ARNALDO c/ GALENO ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

El actor promovió demanda por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia y ajustó el monto de condena para que se actualice al momento del pago según la variación del índice RIPTE, con intereses adicionales.

Intereses Honorarios Incapacidad Actualizacion monetaria Accidente de trabajo Ibm

Accidente de trabajo
- Ley Especial

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó el fallo de primera instancia, fijando el monto de condena en $ 564.241,59 a valores del 29/6/2017 (fecha del siniestro), debiendo ajustarse al momento de la liquidación por variación de RIPTE y adicionarse intereses del 6% anual. Impuso costas a la demandada y reguló honorarios. Fundamentos relevantes:
- La expresión de agravios debe ser concreta y razonada, no basta con mera disidencia.
- No corresponde topar el IBM con el límite del art. 9 Ley 24.241, el objetivo es que la víctima perciba un resarcimiento compatible con la pérdida sufrida.
- El monto de condena debe establecerse a valores coetáneos a la fecha del siniestro, no de la sentencia de primera instancia.
- Corresponde aplicar la actualización por RIPTE y adicionar intereses del 6% anual desde el siniestro, según el Decreto 669/2019.
- En caso de mora, se capitalizarán intereses según tasa activa del Banco Nación.

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