FERREYRA, JAVIER ARNALDO c/ GALENO ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
El actor promovió demanda por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia y ajustó el monto de condena para que se actualice al momento del pago según la variación del índice RIPTE, con intereses adicionales.
Accidente de trabajo
- Ley Especial
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó el fallo de primera instancia, fijando el monto de condena en $ 564.241,59 a valores del 29/6/2017 (fecha del siniestro), debiendo ajustarse al momento de la liquidación por variación de RIPTE y adicionarse intereses del 6% anual. Impuso costas a la demandada y reguló honorarios.
Fundamentos relevantes:
- La expresión de agravios debe ser concreta y razonada, no basta con mera disidencia.
- No corresponde topar el IBM con el límite del art. 9 Ley 24.241, el objetivo es que la víctima perciba un resarcimiento compatible con la pérdida sufrida.
- El monto de condena debe establecerse a valores coetáneos a la fecha del siniestro, no de la sentencia de primera instancia.
- Corresponde aplicar la actualización por RIPTE y adicionar intereses del 6% anual desde el siniestro, según el Decreto 669/2019.
- En caso de mora, se capitalizarán intereses según tasa activa del Banco Nación.
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