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ORTIZ, PABLO DARIO c/ PREVENCION ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

El actor promovió demanda por incapacidad laboral definitiva derivada de un accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó parcialmente la sentencia de primera instancia y aumentó el monto indemnizatorio.

Indemnizacion Accidente de trabajo Ley de riesgos del trabajo Ripte Decreto 669 19 Ingreso base Incapacidad laboral definitiva


¿Quién es el actor?

Pablo Dario Ortiz

¿A quién se demanda?

Prención ART S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo por incapacidad laboral definitiva derivada de accidente de trabajo Decisión:
- La Cámara modificó parcialmente la sentencia de primera instancia.
- Respecto al grado de incapacidad, desestimó el recurso de la demandada al considerar que no indicó el grado de incapacidad que pretendía se estableciera.
- Aplicó el Decreto 669/19 para determinar el ingreso base, que ascendió a $52.814,48, actualizados por el índice RIPTE hasta $71.827,69. En base a ello, fijó la indemnización del art. 14 inc. 2 a) de la LRT en $493.293,88.
- Adicionó el 20% previsto en el art. 3 de la Ley 26.773, totalizando $591.952,65.
- Dicha suma devengará intereses desde la interposición del recurso hasta el pago efectivo, conforme tasa activa del Banco Nación.
- Revocó la imposición de costas de primera instancia, imponiéndolas a la demandada. Reguló los honorarios de las partes y peritos.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Cabe mencionar, que en primer lugar, a la época en que se generó el daño psicofísico que afectó al trabajador (24.09.19), la aplicación de la Ley 27.348 resulta incuestionable, por lo que no corresponde acceder al planteo de la parte actora en relación con la tasa de interés dispuesta en el Acta CNAT 2764. En atención a la vigencia del Decreto 669/19, lo expresamente normado en su art. 3º -en consonancia con lo dispuesto por el art. 7 del CCyCN
- y toda vez que la propia ley 24557 ha delegado en el Poder Ejecutivo las facultades reglamentarias, corresponde, de conformidad con las modificaciones introducidas en la mencionada disposición normativa, sustituir el art. 12 de la ley de Riesgos del Trabajo y en su mérito establecer su aplicación conforme la actual redacción al caso de autos."

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