GOMEZ, RAUL FERNANDO c/ GLOBAL TRUCK S.R.L. Y OTROS s/DESPIDO
El actor promovió demanda por despido contra la empresa Industria Argentina del Descanso S.A. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia de primera instancia, declarando la inconstitucionalidad de las normas que regían la actualización de las condenas laborales.
Despido
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la condena solidaria de la empresa Industria Argentina del Descanso S.A. en los términos del art. 30 LCT, y la entrega de los certificados previstos en el art. 80 LCT. Además, declaró la inconstitucionalidad de los arts. 7° de la ley 23.928 y 4° de la ley 25.561 en cuanto a la actualización de los créditos, disponiendo la aplicación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) desde la exigibilidad hasta el efectivo pago.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La solidaridad prevista en el art. 30 LCT corresponde determinarse en cada caso según las circunstancias fácticas que rodearon la relación entre las empresas, interpretando que las tareas de distribución realizadas por el trabajador eran inherentes a la actividad normal y específica de la industria demandada.
- La aplicación de los arts. 7° de la ley 23.928 y 4° de la ley 25.561 genera un deterioro del crédito laboral que lesiona los derechos constitucionales del trabajador, por lo que corresponde declarar su inconstitucionalidad y aplicar el IPC.
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