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ANDRADE DELGADILLO, JAVIER c/ LA SEGUNDA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

El actor promovió demanda por el reconocimiento de prestaciones dinerarias por incapacidad psicológica derivada de un accidente in itinere. La Cámara de Apelaciones revocó la sentencia y ordenó el pago de una prestación equivalente al 10% de la T.O. por la incapacidad psicológica acreditada.

Incapacidad psicologica Accidente in itinere Ley 24 557 Ley 27 348 Prestaciones dinerarias Indice ripte


¿Quién es el actor?

Javier Andrade Delgadillo

¿A quién se demanda?

La Segunda ART S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo de prestaciones dinerarias por incapacidad psicológica derivada de un accidente in itinere.

¿Qué se resolvió?

La Cámara de Apelaciones revocó la sentencia que había desestimado el reclamo y ordenó el pago de una prestación por incapacidad psicológica del 10% de la T.O.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El perito designado informó adecuadamente sobre las limitaciones psicológicas del actor y su vinculación con el accidente traumático. La sana crítica aconseja aceptar las conclusiones del perito cuando están técnicamente fundadas y no hay otra prueba que las desvirtúe.
- La verificación de un daño psicológico no requiere necesariamente la comprobación de una incapacidad física ni una determinada relación cuantitativa entre ambas.
- La prestación será calculada conforme al art. 14 inc. 2 a) de la Ley 24.557, actualizando el ingreso base por el índice RIPTE según lo dispuesto en el Decreto 669/19, por considerarlo más favorable para el trabajador.

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