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BUSTOS, KAREN ELIZABETH c/ NUCLEOELECTRICA ARGENTINA S.A. Y OTRO s/DESPIDO

La actora promovió demanda por despido contra Nucleoeléctrica Argentina S.A. y Adecco Recursos Humanos Argentina S.A. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia y condenó solidariamente a las demandadas a abonar una indemnización a la actora.

Indemnizacion Actualizacion monetaria Inconstitucionalidad Responsabilidad solidaria Despido Intermediacion fraudulenta


- Actora: Karen Elizabeth Bustos
- Demandadas: Nucleoeléctrica Argentina S.A. y Adecco Recursos Humanos Argentina S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Indemnización por despido

¿Qué se resolvió?

Se revocó la sentencia de primera instancia que había rechazado la demanda. La Cámara hizo lugar parcialmente a la demanda y condenó solidariamente a las demandadas a pagar una indemnización a la actora. Los testigos Ivana Lorena Guzmán y Carlos Adolfo Bruno declararon que la actora prestaba servicios bajo la dependencia de Nucleoeléctrica Argentina S.A., quien le impartía las órdenes de trabajo, aun cuando estaba formalmente contratada por Adecco Recursos Humanos Argentina S.A. La Cámara consideró que la verdadera y única empleadora de la actora fue Nucleoeléctrica Argentina S.A., por lo que correspondía condenarla solidariamente con Adecco Recursos Humanos Argentina S.A. por ser esta última la intermediaria en la contratación. Respecto de los intereses y actualización del monto indemnizatorio, la Cámara declaró la inconstitucionalidad del artículo 7 de la Ley 23.928 por resultar incompatible con la protección de la propiedad privada (art. 17 CN), y ordenó la actualización del crédito mediante el índice de precios al consumidor (nivel general) más un interés puro del 3% anual.

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