PEREYRA, CLAUDIO FABIAN c/ FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A. s/RECURSO LEY 27348
El actor promovió demanda por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia y dispuso la adecuación del crédito conforme al índice RIPTE y el pago de intereses moratorios.
accidente de trabajo
¿Qué se resolvió?
Se confirma la sentencia de primera instancia que determinó que el actor no padece incapacidad psíquica. Se modifica la sentencia en cuanto a la actualización del crédito, que se efectuará mediante el índice RIPTE hasta la liquidación, y el pago de intereses moratorios en caso de incumplimiento.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La pericia psicológica se encuentra suficientemente fundada, por lo que no existen razones para apartarse de sus conclusiones.
- El régimen especial de la Ley 27.348 sobre intereses es aplicable al caso, por lo que corresponde actualizar el crédito mediante el índice RIPTE y aplicar intereses moratorios en caso de incumplimiento.
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