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OJEDA, JULIO ARMANDO c/ PROVINCIA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

El trabajador reclamó indemnización por accidente laboral. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Laboral modificó la sentencia y actualizó el monto de condena aplicando criterios de recomposición monetaria.

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Indemnización por accidente laboral sufrido el 28/5/2014 mientras se desempeñaba como tripulante de pesca

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y ordenó que el importe diferido a condena devengue intereses actualizados por IPC más 3% anual, con capitalización por única vez a la fecha de notificación de la demanda. Confirmó lo demás. La jueza de primera instancia reconoció que el trabajador sufrió un accidente laboral que le generó una incapacidad del 10% y condenó a la ART. La Cámara analizó los agravios del trabajador respecto al cálculo del ingreso base y los accesorios. Sobre el ingreso base, desestimó el planteo de aplicar la Circular 2/98 SRT y consideró que el monto fijado en la sentencia de grado es razonable. Respecto a los accesorios, aplicó la doctrina de la CSJN sobre recomposición monetaria de créditos laborales, declarando la inconstitucionalidad de las leyes 23928 y 25561. Así, dispuso que los montos se actualicen por IPC más 3% anual de interés puro, con capitalización por única vez a la fecha de notificación de la demanda.

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