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MASTROBUONO, MIGUEL ANGEL c/ ASOCIART ART S.A. -3- s/RECURSO LEY 27348

El actor recurrió la decisión de la Comisión Médica que concluyó que no padecía incapacidad vinculada a un accidente in itinere. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo revocó la sentencia y ordenó indemnizar al actor por la incapacidad laboral del 19,52% determinada por el perito médico.

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Incapacidad laboral derivada de accidente in itinere

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó la sentencia de primera instancia que había rechazado el reclamo, y ordenó indemnizar al actor por la incapacidad del 19,52% determinada por el perito médico. Los fundamentos principales de la decisión fueron:
- La aseguradora admitió el accidente al otorgar las prestaciones médicas, por lo que le correspondía acreditar haberlo rechazado en tiempo oportuno, lo cual no hizo.
- Ante la falta de rechazo expreso, el silencio de la aseguradora debe entenderse como aceptación de la denuncia, de acuerdo a la normativa.
- Se valoró adecuadamente el informe pericial médico que fijó la incapacidad en 19,52%.

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