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FRIAS, SABRINA LUCIANA c/ DIA ARGENTINA S.A. Y OTRO s/DESPIDO

La trabajadora demandó por despido. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia que hizo lugar a la acción, por considerar que existía una relación laboral con el franquiciante a pesar del contrato de franquicia presentado.

Recurso de apelacion Responsabilidad solidaria Diferencias salariales Relacion laboral Contrato de franquicia Primacia de la realidad Sanciones laborales


- Actor: Sabrina Luciana Frías
- Demandados: Día Argentina SA y Gamboa
- Objeto: Demanda por despido
- Decisión: La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda. Fundamentos:
- El sentenciante de primera instancia analizó el contrato de franquicia y concluyó que la franquiciante Día Argentina SA mantuvo el control y dirección del negocio, por lo que existía una relación laboral encubierta.
- Día Argentina SA no acreditó el cumplimiento de las obligaciones del contrato de franquicia, dejando "aislado y al desnudo" dicho contrato.
- Corresponde aplicar el principio de primacía de la realidad, atendiendo a la conducta desarrollada por las partes más allá de la forma contractual.
- Se confirmó la responsabilidad solidaria de Día Argentina SA en virtud del art. 30 de la LCT, al no acreditar el debido control del cumplimiento de la normativa laboral por parte del franquiciado.
- Se rechazaron los agravios de las demandadas respecto a la cuantificación de las diferencias salariales y la procedencia de las sanciones previstas en las leyes 25323 y 25345.

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