BARCO, ALEJANDRA PIA c/ PROVINCIA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
La actora demandó a la ART por un accidente in itinere. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Laboral modificó la sentencia y redujo el porcentaje de incapacidad psicológica.
Accidente in itinere
- Decisión: La Cámara modificó la sentencia de primera instancia, reduciendo el porcentaje de incapacidad psicológica del 5% al 0%, y fijando la incapacidad total en un 6,03% de la T.O.
La Cámara consideró que el daño psicológico no guardaba adecuado nexo causal con el accidente, ya que no se acreditó una "perturbación profunda del equilibrio emocional" de la víctima que afectara su integración social. Por lo tanto, propició detraer el porcentaje de incapacidad psicológica y fijar el total de incapacidad en el 6,03% de la TO.
Respecto a los intereses, la Cámara resolvió que al crédito del actor se le adicione como interés moratorio exclusivamente el CER, desde la exigibilidad del crédito hasta el efectivo pago.
En cuanto a costas y honorarios, la Cámara confirmó lo resuelto en primera instancia y reguló nuevos honorarios para los profesionales intervinientes.
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