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ALVARENGA DUARTE, RAMON PASCUAL c/ ATENTO ARGENTINA S.A. Y OTRO s/DESPIDO

El trabajador demandó por despido indirecto y diferencias salariales. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia y revocó parcialmente la condena.

Diferencias salariales Despido indirecto Multa art 80 lct Acuerdo colectivo Regimen de jornada reducida

Despido indirecto y diferencias salariales
- Decisión: La Cámara confirmó el despido indirecto justificado, pero revocó la condena por diferencias salariales. Modificó el monto total de la condena a $576.076,38. Fundamentos principales:
- Respecto al despido indirecto, la negativa de la empleadora a asignar tareas al trabajador justificó el despido.
- Sobre las diferencias salariales, se aplicó el régimen de jornada laboral reducida de 36 horas semanales previsto en el acuerdo colectivo de actividad, por lo que no correspondía el pago por horas extra.
- Se revocó la multa del art. 80 LCT por falta de intimación previa del trabajador.
- Se confirmó la sentencia en cuanto a la procedencia del reclamo y se modificó el monto total de la condena.

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