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OREJA, FACUNDO JULIAN c/ OMINT ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

El actor promovió demanda por incapacidad psicofísica derivada de una lesión deportiva. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia y aumentó el monto indemnizatorio, actualizándolo hasta el momento del pago.

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Incapacidad psicofísica derivada de una lesión deportiva

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia y aumentó el monto indemnizatorio, fijándolo en $6.543.888,48, acreditado con los peritajes médicos. Estableció que dicho monto debe actualizarse según la variación del índice RIPTE desde la fecha del siniestro y hasta el momento de la liquidación, adicionando un interés puro del 6% anual. Impuso las costas a la demandada y reguló honorarios. Los fundamentos principales son:
- Los peritajes médicos acreditaron la incapacidad psicofísica del actor, por lo que la decisión de primera instancia no fue arbitraria.
- Corresponde aplicar el decreto 669/2019 para la determinación del ingreso base mensual (IBM) y su actualización, en línea con la doctrina jurisprudencial de la CSJN.
- El monto indemnizatorio debe actualizarse según el índice RIPTE desde la fecha del siniestro y devengará un interés puro del 6% anual hasta el pago.
- En caso de mora, se aplicará la capitalización semestral de intereses conforme el art. 770 del CCyC.

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