MARCHESANO, ALEJANDRA GABRIELA c/ SADEM SINDICATO ARGENTINO DE MUSICOS s/DESPIDO
La trabajadora demandó por despido y reclamos salariales. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia y ordenó la actualización del crédito laboral conforme criterios establecidos en el fallo.
Despido y créditos salariales impagos
- Decisión: La Cámara modificó la sentencia de primera instancia, ordenando la actualización del crédito laboral mediante el Índice de Remuneraciones Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE) más una tasa de interés del 6% anual. Los jueces consideraron que aplicar la normativa vigente sobre prohibición de indexación generaría una pulverización del crédito laboral, vulnerando el derecho de propiedad. Por ello, declararon la inconstitucionalidad sobreviniente de dicha prohibición en el caso concreto.
Fundamentos relevantes:
- La prohibición de indexación establecida en la ley 23.928 es inconstitucional en la coyuntura actual de alta inflación y bajas tasas de interés, ya que genera la pulverización del crédito laboral, vulnerando el derecho de propiedad.
- Corresponde aplicar el índice RIPTE y una tasa de interés del 6% anual para preservar el valor real del crédito.
- La aplicación de estos mecanismos de actualización y accesorios no debe generar un resultado desproporcionado o irrazonable. De ser así, los jueces pueden reducirlos conforme al artículo 771 del Código Civil y Comercial.
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