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SAN MARTIN, LUCIANO LEONEL c/ ASOCIART ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

El actor promovió demanda por indemnización de Ley de Riesgos del Trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia y ordenó recalcular la prestación dineraria con actualización por RIPTE e intereses.

Intereses Incapacidad laboral Ley de riesgos del trabajo Prestacion dineraria Actualizacion por ripte

Indemnización Ley de Riesgos del Trabajo
- Decisión: La Cámara modificó parcialmente la sentencia de primera instancia. Ordenó recalcular la prestación dineraria diferida a condena desde la fecha del accidente (27/7/22) hasta el momento de la liquidación, actualizando por el índice RIPTE y adicionando un interés del 6% anual. Confirmó el resto de la sentencia.
- Fundamentos: La Cámara consideró aplicable el Decreto 669/2019 que establece que la prestación dineraria debe actualizarse por RIPTE desde la fecha del accidente hasta el momento de la liquidación. Además, corresponde adicionar un interés del 6% anual por el período transcurrido. En caso de mora, se aplicarán intereses equivalentes a la tasa activa del Banco Nación con capitalización semestral.

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